artículo 5to para lograr la mayor competitividad posible en las elecciones provinciales y municipales, los acuerdos electorales nacionales con las fuerzas integrantes de la coalición deberán contemplar las condiciones políticas locales al efecto, se autorizará, de manera excepcional, la adhesión electoral de las categorías a cargos provinciales y/o municipales con otros candidatos presidenciales que no integren la coalición suscripta en ningún caso se autorizarán adhesiones que incluyan otros candidatos a cargos de legisladores nacionales, ni de parlamentarios del mercosur si llegaran a elegirse, que no sean miembros de la coalición política nacional en la cual se integre la unión cívica radical resolución de la honorable convención nacional